SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0669/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0669/2020-S3

Fecha: 09-Oct-2020

Fragmento 26

De las consideraciones y lineamientos jurisprudenciales vertidos precedentemente, puede establecerse la directa incidencia entre una adecuada formulación de la imputación formal y el ejercicio eficaz del derecho a la defensa del imputado, pues conforme se expresó un relato ordenado de los hechos, con todas las circunstancias de modo tiempo y lugar, permitirán al mismo afirmar o negar elementos concretos manifestando alguna circunstancia que excluya o elimine su responsabilidad, u ofrecer pruebas de descargo, o argumentar en sentido contrario a la imputación, siendo por ello de primordial importancia que la imputación sea concreta, precisa, clara, circunstanciada y específica, donde el imputado conozca con certeza los hechos que le son indilgados y se encuentre en la posibilidad de defenderse adecuadamente, debiendo tenerse en cuenta que la imputación formal no es una simple atribución de un hecho punible, sino que la misma debe sustentarse en la existencia de indicios suficientes y racionales sobre la existencia del hecho y la participación del imputado; en ese marco, la ausencia de dichas características y exigencias esenciales importa la vulneración de los derechos del imputado que al no tener certeza de los hechos por los cuales se le imputa no podrá preparar su defensa en forma amplia e irrestricta, correspondiendo en ese sentido que la imputación formal cuente con la exigencia de una debida fundamentación.