SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0690/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0690/2020-S2

Fecha: 19-Nov-2020

empero

En tales circunstancias, en el caso de examen, conforme se advierte de los antecedentes, el incidente de nulidad de obrados se encuentra estrechamente vinculado a la presunta lesión del derecho a la defensa del ahora impetrante de tutela; y, fue interpuesto en la fase preparatoria del juicio; por lo que, si bien el Juez ahora demandado, alegó que el mismo debía tramitarse conforme al art. 345 del CPP; sin embargo su argumento ignoró por completo la jurisprudencia constitucional contenida en las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0041/2018-S2 y 0473/2018-S2 -invocadas por el hoy accionante tanto en su incidente de nulidad como en su recurso de reposición-, que habían determinado que si bien en el caso de los incidentes presentados durante la fase de preparación del juicio, era factible diferir su resolución; empero, esa determinación debe ser motivada, a partir de dos elementos descritos en el Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo constitucional: i) La necesidad de protección inmediata e incontrovertible del derecho; o, ii) El carácter innecesario del desarrollo del juicio ante los efectos de la excepción o incidente formulado.