SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0690/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0690/2020-S2

Fecha: 19-Nov-2020

II.2.

II.2.  El 26 de diciembre de 2019, la autoridad ahora demandada, mediante decreto estableció que en la etapa de juicio prevalecía la oralidad en el tratamiento de excepciones e incidentes; por lo que, debían tratarse en un solo acto una vez instalado el juicio oral, en mérito a las modificaciones que la Ley 586 introdujo a los ars. 314 y 315 del CPP, el principio de legalidad y 345 del mismo cuerpo legal; consecuentemente, correspondía que el tratamiento del incidente se aborde en el verificativo del plenario (fs. 20).