DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2020

Fecha: 02-Dic-2020

Numerales 4 y 5 suprimidos

La primigenia Declaración Constitucional Plurinacional, efectuando un análisis conjunto, dispuso la incompatibilidad de los numerales 4 y 5 del art. 43 del proyecto de norma institucional básica de Sabaya, expresando que se pretendía regular las casuales de prohibición del art. 236.I y III de la CPE, como si fueran causales de incompatibilidad, citando al efecto a la jurisprudencia contenida en la DCP 0165/2015 de 28 de julio.

Conforme a lo observado por la Declaración Constitucional Plurinacional que antecede, el estatuyente municipal de Sabaya, suprimió los numerales 4 y 5 del art. 43; en ese antecedente, al no existir contenido normativo que contrastar con la Constitución Política del Estado, resulta imposible realizar el control preventivo, conforme dispone el art. 116 del CPCo, el cual señala: “El control previo de constitucionalidad de Estatutos o Cartas Orgánicas tiene por objeto confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía constitucional”; consecuentemente, este Tribunal no efectúa la contrastación conforme lo referido.