SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1001/2020-S3
Fecha: 18-Dic-2020
III.2. Análisis del caso concreto
La parte peticionante de tutela, denuncia la lesión a sus derechos invocados en esta acción de defensa; por cuanto los ahora accionados con acciones de hecho, ilegales, arbitrarias, abusivas, empleo de violencia y fuerza agrediéndolo físicamente, ingresaron al predio agrícola familiar que poseen junto a sus hermanos por más de 70 años, despojándole de la fracción del inmueble que le fue asignado por razones de organización de trabajo agropecuario, perturbando su legal y pacífica posesión, destruyendo acopios de miel de abejas, cosechas y montando “casuchas”, impidiendo de esta manera el acceso a su domicilio interceptándolo y agrediéndolo físicamente cuando intenta ingresar, causándole irremediables daños económicos.
Identificada la problemática jurídica planteada, esta jurisdicción constitucional, considera la necesidad de realizar una mejor y sucinta precisión de los aspectos relevantes sobre los derechos alegados de vulnerados por la parte accionante, por las acciones y/o vías de hecho supuestamente asumidas por los accionados, además, del análisis exhaustivo de los antecedentes que fueron identificados y puestos en conocimiento de éste Tribunal.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- I.2.1. Consideraciones previas de la Jueza de garantías
- 1)
- i)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12
- II.13
- II.14.
- II.17.
- II.18
- II.19.
- II.20.
- II.22.
- II.23.
- II.24.
- II.25.
- II.26
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- porque dependen para su consolidación de la dilucidación de cuestiones de hecho o de la resolución de una controversia sobre los hechos; porque de analizar dichas cuestiones importaría el reconocimiento de derechos por vía del recurso de amparo, lo que no corresponde a su ámbito de protección, sino sólo la protección de los mismos cuando están consolidados;
- III.2. Análisis del caso concreto
- avasallamientos de terrenos rurales o urbanos
- III.3. Otras consideraciones
- REVOCAR en parte