SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2020-S1

Fecha: 17-Jul-2020

colectivos

En ese marco, el peticionante de tutela ha buscado, por este medio, la protección de derechos colectivos (según él mismo los calificó); sin embargo, tomando en cuenta la definición de derechos colectivos y difusos y al no haber planteado su demanda como miembro de un colectivo específico, se entiende que los derechos considerados vulnerados por el solicitante de tutela, no se trata de derechos colectivos, sino difusos, por lo que no es posible exigírsele que acredite que pertenece al colectivo, cuyo derecho aparentemente pretende precautelar, sino que al tratarse de derechos difusos en esencia, él, como cualquier otra persona, tiene legitimación activa para plantear esta demanda.