SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0167/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0167/2020-S1

Fecha: 10-Jul-2020

II.3.

II.3.  Dolly Karina Salazar Pérez, Directora Ejecutiva a.i. de la ARIT Santa Cruz, por Auto de Observación ARIT-SCZ-0747/2018 de 28 de septiembre, estableció que observó el recurso de alzada en sentido que no cumple con los siguientes incisos del art. 198 del CTB: d) Aclaración del detalle de los montos impugnados por tributo y por periodo o fecha según corresponda, así como la discriminación de los componentes de la deuda tributaria consignados en la Resolución recurrida. Los montos impugnados deberán ser congruentes con los agravios planteados en el presente recurso; y, e) Los fundamentos de hecho y de derecho según sea el caso en que se apoya la impugnación, fijando con claridad la razón de su impugnación, exponiendo fundadamente los agravios que se invoque e indicando con precisión lo que se pide. A ese efecto concedió el plazo de cinco días para subsanar la observación, bajo alternativa de ser rechazado el recurso de alzada (fs. 142 a 143).