SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0198/2020-S2
Fecha: 24-Jul-2020
Fragmento 19
En tal sentido, el accionante, efectuó una relación extensa y detallada en relación de los hechos que originaron su recurso de apelación y de los pormenores de la respuesta brindada, además de manera reiterativa expuso reclamos análogos a los que planteó al momento de presentar recurso de casación, efectuando recortes de los puntos que cuestionó del contenido del Auto de Vista 64/2017 recortes del Auto Supremo 840/2018-RRC, que contienen el análisis efectuado por las autoridades ahora demandadas respecto a tales cuestionamientos, para luego efectuar sus propias conclusiones sin respaldo objetivo (pues resultan un simple reflejo de lo que pretendía el demandante de tutela, contrapuesto a lo determinado por las autoridades) sosteniendo con tal base la acusada lesión de revalorización de la prueba -que ya había sido cuestionada y analizada por las autoridades ahora demandadas-; posteriormente, el impetrante de tutela se limita a concluir que de los recortes que efectuó, “…se advierten extremos que sin duda alguna vulneran, restringen y suprimen derechos constitucionales…” (sic).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- exige que toda resolución esté debidamente fundamentada
- Fragmento 11
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- de forma
- respecto a la estructura de la Resolución con la finalidad de que la misma absuelva todos los puntos puestos a consideración del juzgador[12]
- III.2.
- condiciones que deben cumplirse para asegurar la adecuada defensa
- potestad inviolable
- Fragmento 19
- i) Los Autos Supremos 384/2005, 200/2012-RRC, 304/2012-RRC, 34/2013-RRC
- objetivamente
- ii) Los acusados defectos en los que incurrió el Tribunal a quo
- se tuvo que de
- iii) Cambiaron su situación jurídica de absuelto a procesado
- concretamente
- Sobre el derecho a la defensa como elemento del debido proceso
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- [4]
- la sanción administrativa supone la privación de algún derecho o la afectación de algún interés
- concordancia entre el petitum de las partes y la decisión asumida por el juez o tribunal
- correlación entre la decisión y los términos en que quedo oportunamente planteada la litis