SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0268/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0268/2020-S3

Fecha: 14-Jul-2020

c)

c)   Respecto al peligro efectivo para la sociedad, la víctima o el denunciante, previsto en el art. 234.10 del CPP, presentó certificados de Registro de Antecedentes Penales (REJAP) y de antecedentes policiales, conforme a la exigencia de la SCP 0185/2019; sin embargo, el Juez estableció la peligrosidad desde la naturaleza de los hechos y las personas, alegando que existen varias víctimas y no se sabe cuántas más podrían haber, cuando de acuerdo a los certificados presentados no tiene antecedentes penales para establecer la peligrosidad, menos sentencia condenatoria ejecutoriada; es más, por la documentación presentada de rechazo de denuncias, sobreseimientos, no se puede hablar de una peligrosidad o de una conducta reiterada para acreditar el riesgo procesal del art. 234.10 del citado Código con el simple argumento de que existen víctimas múltiples; y,