Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0299/2020-S3
Fecha: 22-Jul-2020
II.2.
II.2. Consta fotocopias simples del Instrumento Público de Filiación de 12 de marzo de 2019 -realizado por el accionante en favor de su hija-, refiriendo que en apego a los arts. 14 y 28 de la Ley 603, se registra la filiación de reconocimiento de hijo (a) simplemente concebido; e, Inscripción de Reconocimiento de la misma fecha ante el Servicio de Registro Cívico (SERECI) con Partida 010 del libro respectivo (fs. 4 a 5).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.1.
- II.4.1.
- II.4.2.
- II.5.
- II
- Fragmento 15
- III.1. El Órgano Judicial del Estado Plurinacional de Bolivia y los servidores de apoyo judicial
- servidoras y servidores públicos de apoyo judicial de las jurisdicciones ordinaria
- cesación,
- III.3. Análisis del caso concreto
- servidoras o servidores de apoyo judicial de las jurisdicciones, ordinarias
- los tipos de funcionarios judiciales
- De donde se tiene que los derechos a la vida, a la salud, a la seguridad social y a la alimentación, cuya tutela demanda la parte accionante mediante esta garantía constitucional, no se encuentran consolidados, debido a que están supeditados a demostrarse que se trata de derechos adquiridos durante la relación laboral que mantuvo con el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
- REVOCAR en parte