SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0341/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0341/2020-S3

Fecha: 23-Jul-2020

II.2.

II.2.  Por memorial presentado el 22 de noviembre de 2018, el ahora peticionante de tutela interpuso apelación incidental contra el AS 030/2018 de 30 de agosto, por el cual la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia se declaró competente para conocer el proceso penal instaurado en su contra por la presunta comisión del delito de contratos lesivos al Estado que ya era de conocimiento del Juez de Instrucción Penal Segundo de la Capital del departamento de La Paz, siendo dicha apelación respondida por decreto de 23 de noviembre de ese año, por el cual Olvis Eguez Oliva, Presidente de la Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia -ahora accionado- indicó que no existe Tribunal competente de acuerdo a norma legal que tenga atribución para conocer y resolver algún recurso respecto a resoluciones pronunciadas en la sustanciación del proceso de privilegio constitucional que es seguido contra el accionante de conformidad a lo establecido en la Ley 2445 (fs. 2 a 7).