Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0025/2021-S2
Fecha: 08-Abr-2021
17 de mayo de similar año
Dentro del desarrollo del proceso, se emitió la imputación formal de 4 de octubre de 2017 y posteriormente la acusación de 16 de mayo de 2018, que previo sorteo, fue remitida al ya citado Tribunal de Sentencia Penal Primero, por providencia de 17 de mayo de similar año. A raíz de ello, mediante memorial de 10 de julio de igual año, el acusado solicitó a los miembros del Tribunal, la remisión del cuaderno de investigación y de todos los antecedentes al Juzgado de origen, a fin de que se resuelvan las excepciones e incidentes planteados en la etapa preparatoria; y que se encontraban sin resolver al momento de la presentación del requerimiento conclusivo de acusación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Juez de Instrucción Penal Primero
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Artículo 402.- (Trámite y resolución)
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- III.3. Análisis del caso concreto
- 17 de mayo de similar año
- 23 de julio de 2018
- 31 de agosto de 2018
- 10 de octubre
- 19 de octubre de 2018
- cuando en su oportunidad y en el plazo legal no se planteó un recurso o medido de impugnación”
- de 25 de julio de 2018
- dicho fallo primigenio, debió ser objeto de impugnación en la vía incidental mediante los medios de defensa ordinarios previstos por ley, dentro del marco jurídico de los arts. 314 y 315 del CPP
- III.4. Otras consideraciones
- lo que significa que, es posible, que algunas excepciones o incidentes formulados en la etapa preparatoria se encuentren en plena tramitación, y por ende, no hubieran sido resueltos por el Juez de Instrucción Penal”
- REVOCAR