SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0025/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0025/2021-S2

Fecha: 08-Abr-2021

concedió

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz,  mediante Resolución 027/2019 de 18 de abril, cursante de fs. 339 a 342 vta.,  concedió la tutela solicitada, ordenando al Juez de Instrucción Penal Sexto o su suplente legal, cumpla la providencia de 17 de mayo de 2018; asimismo, llamó la atención al Tribunal de Sentencia Penal Primero conforme las Sentencias citadas en la audiencia de la presente acción que sirvieron de fundamento para la decisión e instruyó poner en conocimiento del Fiscal Departamental que el Fiscal convocado como tercer interesado no se presentó en audiencia; decisión asumida con los siguientes fundamentos: a) La acción de amparo constitucional, no resuelve cuestiones de fondo, es enmendadora, reparadora, resolutiva y discrecional, según lo prevé la SCP 0074/2018-S2 de 23 de marzo; b) En el caso penal, el imputado presentó incidentes y excepciones, que conforme a lo dispuesto por el Tribunal Constitucional Plurinacional y a los principios procesales economía y concentración, debieron ser resueltos obligatoriamente en dicha instancia; c) La Circular 03/2017 tiene por objeto viabilizar el proceso y diferencia las cuestiones procesales a tratar; d) La autoridad jurisdiccional accionada omitió las reglas procesales; toda vez que, discrecional y arbitrariamente siguió dilatando la audiencia de incidentes y excepciones, que debieron ser resueltas muy anteriormente, por el Juez que remitió obrados o por el Tribunal que tuvo en sus manos el caso en concreto; y, e) En virtud a todo lo expuesto, la Sala entendió que el Juez y el Tribunal a su turno no aplicó la norma, al no haber resuelto las cuestiones incidentales en su oportunidad.