Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2021-S2
Fecha: 06-May-2021
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante a través de su representante y abogado -Eduardo Auza Carmona-, ratificó íntegramente el contenido de la acción de amparo constitucional presentada y ampliándolo expresó que, el Auto Supremo impugnado es el 868/2019 y que los fundamentos de la pretensión se encuentra detallados en el memorial de demanda.
La representante del peticionante de tutela con el uso de la palabra manifestó que, su padre compró el “80” un terreno de 7 500 m2 y solamente le aprobaron 2 724 m2, (se entiende para urbanizar) superficie en la cual se halla incluido el inmueble que dio origen al proceso civil, solicitando su anulación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 8 DE JUNIO DE 1984
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones como componentes del debido proceso. Jurisprudencia reiterada
- la motivación puede ser concisa pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión
- III.2. Principio de congruencia: jurisprudencia reiterada
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- 2)
- b)
- c)
- se haya demostrado la procedencia del mejor derecho propietario
- Fragmento 22
- CONFIRMAR