SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2021-S2

Fecha: 10-May-2021

II.1.

II.1.    Dentro del proceso ordinario seguido por José Masanés Solé, sucedido procesalmente por su esposa supérstite Dolly Julia De Chazal Vda. de Masanés contra Jorge Córdova Serrudo y Silvia Godefroy de Córdova,  sobre indemnización proporcional a la disminución patrimonial provocada por enriquecimiento ilegítimo, nulidad de los contratos que sirvieron de medio por contener causa y motivos ilícitos, restitución del pago de lo indebido y resarcimiento de daños; que fue reconvenida por los demandados por cumplimiento de obligación, enriquecimiento ilícito y pago de daños y perjuicios; la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, pronunció el Auto de Vista 434 de 27 de noviembre de 2013, revocando parcialmente la “Sentencia” y por consiguiente, declarando improbada también la pretensión de nulidad de escrituras públicas y probada la reconvencional; ordenando: a) La validez y eficacia jurídica que le asigna el art. 519 del CC, a los contratos insertos en los instrumentos públicos 91/2008, 92/2008 y 93/2008, todos de 30 de diciembre, protocolizados en Notaría de Fe Pública 112; y, b) El cumplimiento por parte de los herederos forzosos de José Masanés Solé, de las obligaciones asumidas por el nombrado causante a través de los instrumentos públicos precitados, así como el pago de daños y perjuicios a calificarse en ejecución de Sentencia (fs. 5 a 6).