SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0168/2021-S3
Fecha: 06-May-2021
art. 133
Al respecto, es necesario hacer notar que luego de la emisión de la Sentencia 27, por medio de la cual se declaró a la accionante como autora y culpable de los ilícitos de asociación delictuosa y asesinato, la misma solicitó se declare la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, que derivó en el pronunciamiento del Auto Interlocutorio 64 por parte de los Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal Décimo de la Capital del departamento de Santa Cruz, que rechazó dicha solicitud; apelada incidentalmente esa decisión, fue resuelta por medio del Auto de Vista 18, el cual también resolvió el recurso de apelación restringida interpuesta por la accionante contra la Sentencia 27, declarando la improcedencia de ambas apelaciones. Es así que la accionante interpuso recurso de casación contra el Auto de Vista 18, señalando en el Otrosí Tercero de dicho recurso “…que el presente proceso tiene una duración de más de cinco años, solicitando se pueda aplicar lo establecido por el art. 133 de nuestro código de procedimiento penal Boliviano…” (sic), relativo a la duración máxima del proceso.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la congruencia
- responde a la pretensión jurídica o la expresión de agravios formulada por las partes; la falta de relación entre lo solicitado y lo resuelto, contradice el principio procesal de congruencia, la resolución de primera y/o segunda instancia, debe responder a la petición de las partes y de la expresión de agravios, constituyendo la pretensión jurídica de primera y/o segunda instancia
- III.2.
- b)
- c)
- d)
- i)
- ii)
- iii)
- iv)
- primer agravio
- segundo agravio
- tercer agravio
- cuarto agravio
- art. 133
- a fin de considerar el plazo razonable en el que una persona puede ser procesada como un parámetro objetivo debe tenerse en cuenta, la complejidad del asunto, la actividad procesal del interesado y la conducta de las autoridades judiciales
- …para la procedencia de la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, el transcurso del tiempo debe estar vinculado a la actividad procesal desarrollada, teniendo en cuenta al efecto la participación del justiciable y la actuación de las autoridades respectivas, requiriéndose en consecuencia una auditoría jurídica en la que todos estos aspectos sean evaluados
- además del tiempo transcurrido requiere considerarse aspectos relativos a la tramitación del proceso
- CONFIRMAR