SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0168/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0168/2021-S3

Fecha: 06-May-2021

iii)

iii) Respecto a la denuncia de falta de pronunciamiento del Auto de Vista 18 sobre la existencia de contradicciones y falta de fundamentación de la Sentencia, debido a que no se probó la conexión de su persona con Cristina Corasi Gutiérrez, se tiene que dicho fallo desestimó ese reclamo señalando que la Sentencia cumplió con lo normado por los arts. 124 y 360 incs. 1), 2) y 3) del CPP, puesto que contiene los motivos de hecho y de derecho en que basó sus decisiones y el valor otorgado a los medios de prueba, cumpliendo la fundamentación fáctica; además, que se sustentó en hechos existentes y debidamente acreditados en el juicio oral, público y contradictorio sin incurrir en lo previsto por el art. 370 inc. 5) del CPP.

De los argumentos del Auto de Vista 18, se concluye que no incurrió en falta de pronunciamiento, puesto que conforme al reclamo realizado, el Tribunal de apelación emitió respuesta exponiendo de forma expresa que la Sentencia 27 no incurrió en contradicciones y falta de fundamentación al cumplir con lo previsto por el art. 124 de CPP, añadiendo que la accionante resultó ser la autora de los delitos de asociación delictuosa y asesinato y condenada a cumplir la pena de treinta años de presidio sin derecho a indulto, no existiendo ninguna contradicción. En definitiva, el Auto de Vista 18 no incurrió en incongruencia omisiva; y,