SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0248/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0248/2021-S3

Fecha: 26-May-2021

denegarse la tutela solicitada, por haberse incumplido con relación a los mismos el principio de subsidiariedad

Por lo expuesto, respecto a los derechos a la salud y al trabajo en sus elementos de salud ocupacional y cumplimiento de las disposiciones laborales o sociales, y, sobre la denuncia de acoso laboral, el accionante, si estima necesario, puede acudir a las instancias pertinentes -su Ente Gestor de Salud, su entidad empleadora, la Jefatura Departamental del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, entre otros- a objeto de su resguardo, correspondiendo en esta acción de defensa denegarse la tutela solicitada, por haberse incumplido con relación a los mismos el principio de subsidiariedad.

Igualmente, corresponde denegar la solicitud de condenar en costas y costos, en atención a la facultad potestativa establecida en el art. 39 del Código Procesal Constitucional (CPCo), y considerando la parte final del art. 39 de la Ley de Administración y Control Gubernamentales (LACG) que impide condenar al pago de costas y costos cuando se trate de demandas o solicitudes dirigidas a personas en su calidad de funcionarios públicos, como ocurre en el presente caso en que los ahora accionados fueron demandados en su condición de Director y Responsable de la UTI, respectivamente, ambos del Hospital Clínico Viedma.