SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0372/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0372/2021-S3

Fecha: 14-Jul-2021

DS 4199

Bajo ese contexto y teniendo en cuenta que a través de la presente acción tutelar se impugna la Sentencia Agroambiental Plurinacional S2a 071/2019, a los fines de establecer el plazo de caducidad en su planteamiento, corresponde señalar que los accionantes fueron notificados con el Auto que resolvió la solicitud de complementación y enmienda a la referida Sentencia, el 26 de septiembre de 2019 y desde esa fecha hasta el 22 de marzo de 2020, que fue declarada la cuarentena total en el territorio boliviano mediante DS 4199 de 21 de marzo de 2020 , lo que llevó a la emisión de la Circular 005/2020 de la misma fecha por la Presidencia del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, determinando la suspensión de las actividades judiciales, transcurrieron cinco meses y veintiséis días. En ese sentido, al reanudarse las actividades jurisdiccionales en el departamento de Tarija de acuerdo al Instructivo TDJ 29/2020 de 1 de julio emitido por el mencionado Tribunal, efectivizado el 6 de igual mes y año, los cuatro días faltantes vencían el 10 del mismo mes y año, y al formularse la presente acción de defensa el 6 de citado mes y año, se tiene que la misma fue interpuesta dentro del plazo de los seis meses dispuesto por los arts. 129.II de la CPE y 55.I del Código Procesal Constitucional (CPCo), cumpliendo así con el principio de inmediatez que rige a esta acción tutelar; correspondiendo por tal motivo, ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada por los accionantes.

Ahora bien, resuelta la consideración previa y en virtud a los antecedentes procesales y a los argumentos expuestos en el memorial de acción de amparo constitucional, se advierte que los accionantes identificaron dos reclamos fundamentales respecto a la Sentencia Agroambiental Plurinacional S2a 071/2019 emitida por los Magistrados ahora accionados; en ese sentido, se analizarán los mismos con el fin de verificar si resultan ciertos o no los cuestionamientos referidos.