SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0372/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0372/2021-S3

Fecha: 14-Jul-2021

tiene por objeto establecer la estructura orgánica y atribuciones del Servicio Nacional de Reforma Agraria y el régimen de distribución de tierras

En ese contexto, la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria modificada por la Ley de Reconducción de la Reforma Agraria -Ley 3545 de 28 de noviembre de 2006- de acuerdo al art. 1 “…tiene por objeto establecer la estructura orgánica y atribuciones del Servicio Nacional de Reforma Agraria y el régimen de distribución de tierras; garantizar el derecho propietario sobre la tierra; crear la Superintendencia Agraria, la Judicatura Agraria y su procedimiento, así como regular el saneamiento de la propiedad agraria” (las negrillas nos corresponden); asimismo, el Reglamento de la Ley 1715 del Servicio Nacional de Reforma Agraria, modificada por la Ley 3545 de Reconducción Comunitaria de la Reforma Agraria, aplicable a los procedimientos agrarios administrativos, tiene como uno de sus objetivos efectivizar la ejecución expedita de los procesos de saneamiento, reversión, expropiación y distribución de tierras, en resguardo de los derechos constitucionales, la plena participación de las personas interesadas y el ejercicio del control social, garantizando el manejo confiable y responsable del régimen agrario que permita superar actos de injusticia social, corrupción y clientelismo en la administración del derecho agrario, comprometiendo un rol institucional con capacidad estratégica y operativa del INRA y de otras instituciones relacionadas con la materia agraria [art. 4 incs. b) y c) del indicado Reglamento], debiendo sujetarse todas las actividades, en cualquiera de los procedimientos agrarios, a las normas técnicas catastrales emitidas por dicho Instituto.

En este marco, conforme dispone el art. 263 del referido Reglamento de la Ley 1715 del Servicio Nacional de Reforma Agraria, modificada por la Ley 3545 de Reconducción Comunitaria de la Reforma Agraria, el saneamiento de la propiedad agraria, se sujeta a un procedimiento común que se compone de tres etapas: