SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0372/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0372/2021-S3

Fecha: 14-Jul-2021

vulneraron su derecho de petición

Los Magistrados ahora accionados vulneraron su derecho de petición, porque el INRA Tarija no se pronunció sobre el memorial de 5 de septiembre de 2012, mediante el cual se denunció de forma oportuna el error respecto a la superficie en demasía mensurada a favor de la parcela 0073, no pudiendo hacer nada al respecto al no existir una norma específica en el ámbito agrario que establezca recurso alguno ante la falta de respuesta a una petición por escrito. Para agravar su situación, el indicado memorial no cursa en antecedentes del proceso de saneamiento interno de la comunidad campesina Turumayo, provincia Cercado del departamento de Tarija, parcela 0073. Actos que demuestran clara vulneración a lo establecido en los arts. 24 de la CPE y 3 inc. i) del Reglamento de la Ley 1715 del Servicio Nacional de Reforma Agraria, modificada por la Ley 3545 de Reconducción Comunitaria de la Reforma Agraria, privándoles del derecho de acceder a la información y respuesta oportuna de los actos administrativos del señalado proceso.