Auto Interlocutorio Definitivo S2/0004/2011

Fecha: 25-Ene-2011

CONSIDERANDO : Que, Rubén Barrero Ponce y Zulma Barrero Ponce, interponen demanda contencioso administrativa cursante de fs. 7 a 8; empero, debido a los defectos que presenta, mediante proveído de fs. 43 se dispuso que con carácter previo a la consideración de la admisión de la indicada demanda contencioso administrativa, el impetrante cumpla con l...

Auto Interlocutorio Definitivo S1/0044/2011

Fecha: 08-Sep-2011

POR TANTO: La Sala Primera del Tribunal Agrario Nacional, sin entrar en mayores consideraciones de orden legal, de conformidad a lo dispuesto del art. 309 del Cód. Pdto. Civ., aplicable supletoriamente por mandato del art. 78 de la L. Nº 1715, declara de oficio PERENCIÓN de instancia el proceso contencioso administrativo incoado por Federico García...

Auto Interlocutorio Definitivo S1/0019/2011

Fecha: 18-Feb-2011

POR TANTO: La Sala Primera del Tribunal Agrario Nacional, sin entrar en mayores consideraciones de orden legal, de conformidad a lo dispuesto por el art. 303 del Cod. Pdto. Civ. acepta el retiro de la demanda contenciosa administrativa cursante de fs. 79 a 81 de obrados, declarándola como no presentada, dejando sin efecto la nota cursante a fs. 91 ...

Auto Interlocutorio Definitivo S1/0015/2011

Fecha: 04-Feb-2011

29215, otorgándole al efecto el plazo de 15 días calendario computable a partir del día siguiente hábil de su legal notificación, bajo apercibimiento de tenerse por no presentada la demanda, conforme lo previene el art. 333 del Cód. Pdto. Civ. en su parte in fine, de aplicación supletoria por mandato del art. 78 de la L. Nº 1715. Que, con dicho auto...

Auto Interlocutorio Definitivo S1/0021/2011

Fecha: 06-Abr-2011

POR TANTO: La Sala Primera del Tribunal Agrario Nacional, de conformidad con lo dispuesto por el art. 303 del Cód. Pdto. Civ., ACEPTA el retiro de la demanda contencioso administrativa de fs. 39 a 42 y vta. de obrados formulado por la parte actora declarándola como no presentada, quedando de esta manera concluido de manera extraordinaria el present...

Auto Interlocutorio Definitivo S1/0007/2011

Fecha: 27-Ene-2011

2.- Que la juez a quo, mediante proveído de 12 de octubre de 2010 observó la demanda incoada, disponiendo que con carácter previo a su admisión se determine si el predio que motiva la litis se encuentra dentro o fuera del radio urbano de la ciudad de Oruro, solicitando al efecto anotado, que se adjunte informe o certificación de la Dirección de Ord...

Auto Interlocutorio Definitivo S2/0055/2011

Fecha: 02-Dic-2011

Nº 1715, atendiendo además al principio de recurribilidad de las resoluciones judiciales recogido en el art. 213-1) del referido cuerpo procesal civil. Que, por los fundamentos expuestos, queda establecido la existencia de negativa indebida de concesión del recurso de casación por parte del Juez Agrario de Entre Ríos. POR TANTO: La Sala Segunda de...

Auto Interlocutorio Definitivo S1/0033/2011

Fecha: 22-Jul-2011

CONSIDERANDO: Que, la competencia es la facultad que tiene el tribunal o juez para ejercer la jurisdicción en un determinado asunto estableciéndose la misma en razón de territorio, de la naturaleza, materia o cuantía y calidad de las personas que litigan, por ende, constituyen normas de orden público y de cumplimiento obligatorio cuya observancia p...

Auto Interlocutorio Definitivo S2/0048/2011

Fecha: 04-Nov-2011

POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional, sin entrar en mayores consideraciones de orden legal, en cumplimiento a lo dispuesto en la parte in fine del art. 333 del Cód. Pdto. Civ., aplicable supletoriamente por mandato del art. 78 de la L. Nº 1715, tiene por NO PRESENTADA la demanda de fs. 26 a 28 vta. de obrados. ...

Auto Interlocutorio Definitivo S1/0032/2011

Fecha: 19-Jul-2011

Es menester también llevar en consideración que el art. 68 de la L. Nº 1715 preceptúa: "Las resoluciones emergentes del proceso de saneamiento serán impugnables únicamente ante el Tribunal Agrario Nacional, en proceso contencioso-administrativo, en el plazo perentorio de treinta días (30) computables a partir de su notificación .", (Las negrillas y...