Auto Interlocutorio Definitivo S1/0067/2016
Fecha: 17-Nov-2016
Nº 439), concordante con el art. 27-5) y 6) de la L. Nº 025; es decir que esta causal o motivo para apartar al Juzgador del conocimiento de la causa, debe sustentarse en la existencia de una denuncia o proceso penal entre el Juez y una de las partes, con anterioridad a la iniciación del litigio, o sea antes que el Juzgador recusado asuma competenc...