CONSIDERANDO II.-
CONSIDERANDO II.- Que, presentada la demanda, y subsanada la misma, es admitida mediante auto de fs. 24, auto de mutación de fs. 28 y vta., para su tramitación en la vía ordinaria de puro derecho, para lo cual se corrió en traslado al demandado Jorge Gómez Chumacero en su condición de Director Nacional ai. del Instituto Nacional de Reforma Agraria y terceros interesados, a objeto de que respondan a la demanda planteada.
Que, por memoriales de fs. 137 a 138, 148 y vta. se apersona Nilo Ehisman Salces García como representante legal de la Sociedad "MACARENA SRL", mediante auto de fs. 156 a 157 se le reconoce como tercero interesado; describe que el predio Paraíso (compuesto por los predios Motacú, Cupesi y La Fiera) fue adquirido por su mandante mediante testimonio de transferencia N° 91/2014, y al tener continuidad geografía y un sólo propietario, se fusiona los mismos denominándolo predio "Motacú" a favor de la Sociedad "Macarena SRL".
- VISTOS
- CONSIDERANDO I
- I.I. ANTECEDENTES.-
- I.II. EXPONE Y FUNDAMENTA.-
- a) Legitimación y sobreposición con el expediente agrario.-
- b) De la Valoración de la FES.-
- ha,
- I.IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO.-
- CONSIDERANDO II.-
- CONSIDERANDO III.-
- función económica social
- CONSIDERANDO IV.-
- CONSIDERANDO V.-
- en tanto cumpla
- titulación de las tierras que se encuentren cumpliendo la función económico-social
- La verificación del cumplimiento de la
- CONSIDERANDO VI.-
- informe de campo
- conclusiones
- sino
- no se encuentran en sobreposición respecto a otra área diferente a la determinada como saneamiento, y tampoco se comprobó que existiera sobreposición
- observación y verificación directa
- 1 Antecedentes
- cambio sustancial
- POR TANTO:
