Sentencia Agraria Nacional S2/0064/2016
Tribunal Agroambiental Bolivia

Sentencia Agraria Nacional S2/0064/2016

Fecha: 08-Jul-2016

La verificación del cumplimiento de la

Igualmente el art. 192.I.c) del decreto referido señala que las pericias de campo son para: "La verificación del cumplimiento de la función social o económico-social de las tierras objeto de Títulos Ejecutoriales, procesos agrarios en trámite y posesiones, en relación a propietarios, subadquirentes , beneficiarios de procesos agrarios en trámite y poseedores; discriminando las superficies que se encuentran y las que no se encuentran cumpliendo la función social o económico-social con especificación, en cada caso, de su ubicación geográfica, superficie y limites; y"; el mismo concuerda con el art. 214.b) del mismo cuerpo reglamentario.

La normativa anteriormente referidas, permiten deducir que los propietarios, sean de medianas propiedades, empresas agropecuarias, independientemente de su actividad; en pos de obtener del Estado el reconocimiento de su derecho propietario están sujetos al cumplimiento de la Función Económica Social; la misma que se verificará en el trabajo en campo, constituyéndose así éste en el principal medio probatorio de la Función Económica Social.