Encabezado
AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª N 22/2024
Expediente:
5421-2023
Proceso:
Interdicto de Retener la Posesión
Partes:
Lidia Gutiérrez, por sí y en representación de Gerónimo García Chileno, Teresa García Chileno, Vitaliano García Chileno e Isabel García Chileno contra Félix Escalera Arias, Albertina Vallejos Quiroz, Gabino Escalera Rodríguez, Alex Jhoel Romero Laura, Rosmery Nogales de Escalera y Marlene Jáuregui García.
Recurrentes:
Lidia Gutiérrez en representación de Gerónimo García Chileno, Teresa García Chileno, Vitaliano García Chileno, Mery Anais García Gutiérrez y Marlene Jáuregui García
Resolución recurrida:
Sentencia N° 02/2023 de 25 de enero de 2023
Distrito:
Cochabamba
Asiento Judicial:
Cochabamba
Fecha:
20 de Marzo de 2024
Magistrado Relator:
Rufo Nivardo Vásquez Mercado
Los Recursos de Casación cursantes de fojas fs. 1267 a 1314, 1336 a 1363 vta. y 1366 a 1388 vta., de obrados, interpuesto por Lidia Gutiérrez en representación de Gerónimo García Chileno, Teresa García Chileno, Marlene Jáuregui García, Vitaliano García Chileno y Mery Anais García Gutiérrez, respectivamente, en contra de la Sentencia Nº 02/2023 de 25 de enero de 2023, cursante de fs. 1135 a 1147 de obrados, que resuelve declarar improbada la demanda con costas y costos, pronunciada por la Juez Agroambiental de Cochabamba, dentro el Proceso de Interdicto de Recobrar la Posesión, interpuesto por Lidia Gutiérrez y en representación de Gerónimo García Chileno, Teresa García Chileno y Vitaliano García Chileno, ahora recurrentes.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la Sentencia N° 02/2023 de 25 de enero de 2023.
- Antecedentes Procesales: Argumentos del Recurso de Casación en el fondo y en la forma interpuesta por Lidia Gutiérrez en representación de Gerónimo García Chileno, Teresa García Chileno y Vitaliano García Chileno.
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación en la forma y fondo interpuesto por Mery Anais García Gutiérrez, (en calidad de tercera interesada).
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación interpuesto por Marlene Jáuregui García (en calidad de demandado).
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación.
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal.
- Antecedentes Procesales: Antecedentes procesales relevantes.
- Fundamentos Jurídicos Del Fallo
- FJ.II.1. La naturaleza jurídica del recurso de casación: El recurso de casación en materia agroambiental y distinción entre el recurso de casación en la forma y en el fondo.
- FJ.II.1. 2 El recurso de casación en el fondo y recurso de casación en la forma en la jurisdicción agroambiental: Distinción y formas de resolución
- FJ.II.2. La Naturaleza jurídica del Interdicto de Recobrar la Posesión
- FJ.II.3. Valoración integral de la prueba en la jurisdicción agroambiental.
- FJ.II.4. Principios que rigen a las nulidades
- FJ.II.5. Examen del caso concreto
- FJ.II.5. i y ii. Con referencia al recurso planteado en la forma, se tiene si es legal el uso del software Arc GIS como medio de prueba, y si el informe técnico de 18 de marzo es ambiguo e impresiso y no cumple con las formalidades legales requeridas por la Ley N° 1373 de Ejercicio Profesional del Arquitecto. Asi como,si existió ausencia de notificación y la falta de oportunidad para impugnar el informe técnico de 18 de marzo.
- FJ.II.5. iii y iv. En cuanto a que, si la Juez de la causa aplicó de manera contradictoria la Ley al utilizar el Informe Técnico para determinar la antigüedad de las construcciones, y si omitió considerar las disposiciones legales sobre áreas protegidas (Ley N° 1333 y decretos reglamentarios relacionados); y, si la Juez de la causa no consideró adecuadamente la prueba de indicios y presunciones, con exclusión medios de prueba en contravención a la Ley N° 439.
- FJ.II.5. vii y vix. Si correspodió la notificación al SERNAP, planteado como recurso de casación de fondo y forma.
- FJ.II.5. v. Si existió violación a la verdad material, por una parte, al determinar que la demanda se encuentra fuera del plazo previsto en el 1461.I del Código Civil, y por otra, en relación a un poder notariado supuestamente fraudulento y excluido del conjunto de medios probatorios.
- FJ.II.5. vi. Si existió una interpretación incorrecta del derecho de los ocupantes y de los demandantes
- Por Tanto 1
