Auto Supremo AS/0199/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0199/2004

Fecha: 13-Oct-2004

Asimismo, cita los arts


La nulidad de las ventas "dolosamente" efectuadas por Carlos Larraín Santiesteban está plenamente probada con los documentos adjuntos a la demanda y las fotocopias legalizadas de fs. 23-26 y 237-244, demostrando que esa acción de resolución ha sido desestimada por auto de 27 de abril de 1995 y auto de vista de 28 de febrero de 1997. Esa misma demanda de resolución -señala- demuestra el hecho ilícito y doloso de la venta del mismo lote.

Asimismo, cita los arts. 450, 519, 584, 596, 625, 344 del mismo Código sustantivo que apoyan la validez y eficacia de su derecho propietario, y que además cumplieron con el requisito de publicidad, prioridad y preferencia previstos por los arts. 1538, 1545 y 1546 del mismo cuerpo legal