Auto Supremo AS/0347/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0347/2013-RRC

Fecha: 24-Dic-2013

En el segundo motivo del recurso, el recurrente sostiene que el Auto de Vista impugnado,


En el segundo motivo del recurso, el recurrente sostiene que el Auto de Vista impugnado, afirma que la Sentencia incurre en el defecto previsto por el inc. 1) del art. 370 del CPP, referido a la inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva, cuando dicho defecto no fue reclamando en ninguna de las apelaciones restringidas, y que con ello se contradice los Autos Supremos 141 de 22 de abril de 2006 y 244 de 7 de marzo de 2007; añadiendo también que el Auto de Vista impugnado sostiene sin mayor explicación, que la Sentencia no está motivada, pues el Tribunal de alzada no indica cuáles son las omisiones en las que incurre la Resolución, cuando de su lectura se establece con claridad los hechos, la prueba, su valoración y la determinación de la absolución