Auto Supremo AS/0780/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0780/2013

Fecha: 24-Dic-2013

Por todo lo señalado, se advierte que la otorgación del pago extraordinario, responde al cumplimiento

Por todo lo señalado, se advierte que la otorgación del pago extraordinario, responde al cumplimiento de determinados requisitos, que contemplan: 1) Que sean debidamente autorizados y aprobados; y 2) Que los trabajadores beneficiarios presenten un carácter de regularidad y de manera voluntaria soliciten su retiro; disponiéndose ante su cumplimiento, que su pago se efectuará a trabajadores pertenecientes a las empresas contempladas en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 24686, cuyas instalaciones sean objeto de transferencia al sector privado y/o se encuentran paralizadas, a partir de la aprobación del Decreto Supremo Nº 24686 y hasta que sus operaciones sean entregadas oficial y físicamente a inversionistas adjudicatarios