Auto Supremo AS/0780/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0780/2013

Fecha: 24-Dic-2013

Resolviendo en el fondo, en referencia a la errónea interpretación reclamada del artículo 48

Resolviendo en el fondo, en referencia a la errónea interpretación reclamada del artículo 48. IV de la Constitución Política del Estado y la indebida aplicación de los artículos 120 de la Ley General del Trabajo y 163 de su Decreto Reglamentario, y sobre cuya base se declaró probada la excepción de prescripción; corresponde de manera previa efectuar algunas consideraciones necesarias:
En la especie, conforme a lo determinado en Instancia, si bien concurrieron las características que hacen a una relación laboral, conforme al artículo 2 de la Ley General del Trabajo, concordante con el Decreto Supremo Nº 23570 y el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 28699; se generaron dos periodos de trabajo (el primero comprendido entre el 8 de septiembre de 1970 al 26 de marzo de 1986, y el segundo del 1 de marzo de 2003 al 15 de marzo de 2007), mismos que fueron reconocidos por el mismo actor en su demanda de fs. 13 a 15 vta., subsanada a fs. 18 a 19 de obrados