Auto Supremo AS/0035/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0035/2013-RRC

Fecha: 14-Feb-2013

apegar a las reglas de la sana crítica: la lógica y la experiencia" (sic), invocando

Aduce que la Sentencia se basó en hechos inexistentes o no acreditados o en valoración defectuosa de la prueba, conforme el art. 370 inc. 6) del CPP, aspecto que fue denunciado en apelación restringida, afirmando que la decisión de los vocales no sería coincidente, por un lado el vocal Dr. José Luis Lenz acertadamente resuelve y sin embargo, la vocal Dra. Chamón denota una fundamentación alejada de la ley y de los cánones de valoración de la prueba, pues se valoró parcialmente la declaración de los funcionarios que según la Vocal serían testigos directos y no referenciales, lo que va en contra del principio de inmediación, por lo que "...el voto disidente resulta inmotivado y contrario al precedente invocado, en cuanto se tiene que
apegar a las reglas de la sana crítica: la lógica y la experiencia" (sic), invocando como precedente contradictorio al Auto Supremo 474 de 8 de diciembre de 2005