Auto Supremo AS/0035/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0035/2013-RRC

Fecha: 14-Feb-2013

En este particular, este Tribunal llega a la conclusión, que un menoscabo en el derecho

En este particular, este Tribunal llega a la conclusión, que un menoscabo en el derecho a la defensa o bien la constitución de defecto absoluto no susceptible de convalidación, cual procura el recurrente, no es de posible ejercicio ni cimentación a través del simple planteamiento de una crítica que a posteriori se haga sobre la forma en cómo se expresó la defensa en el trayecto del proceso, esto es, sobre la manera como los diversos profesionales abordaron esa función. La ausencia de actos tales como la interposición de recursos, la presentación de alegatos o la solicitud de pruebas, no condicen al quebranto inexorable de un derecho y mucho menos que aquello se considere como defecto absoluto, pues un sentir contrario acarrearía el confundir el ejercicio del derecho a la defensa, como vigilancia metódica de las garantías procesales, con el derecho a la defensa en sí mismo. Por ello este motivo deviene en infundado