Auto Supremo AS/0035/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0035/2013-RRC

Fecha: 14-Feb-2013

Cabe puntualizar que el recurrente en el trayecto de su recurso, en lo que toca

Cabe puntualizar que el recurrente en el trayecto de su recurso, en lo que toca a este motivo, refiere por una parte las situaciones detalladas anteriormente y por otro destaca un párrafo sesgado del precedente contradictorio, puesto que contextualizando los contenidos de su doctrina legal aplicable se advierte a luces, que la misma afirma que la subsunción del tipo penal acusado deba encuadrarse a la plena demostración de todos los elementos constitutivos del tipo penal que se acusa, y que dicha labor es atribuible exclusivamente a la parte acusadora, siendo un sentir contrario la vulneración al principio de legalidad y taxatividad de la ley penal, así como una afectación a la seguridad jurídica -entendida doctrinalmente- ya sea como principio o como valor