Auto Supremo AS/0035/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0035/2013-RRC

Fecha: 14-Feb-2013

El recurrente manifiesta que al dictarse la Sentencia, el Tribunal de grado dispuso su culpabilidad

III.1. Sobre la validación de la no presencia de la víctima en audiencia de juicio
El recurrente manifiesta que al dictarse la Sentencia, el Tribunal de grado dispuso su culpabilidad sobre la construcción de alegaciones referenciales, sin haber procurado la presencia de la menor-víctima en audiencia de juicio o bien la presencia en estrados de testigos presenciales del hecho, siendo este aspecto validado por la Alzada quien desestimó la probabilidad de que este hecho sea considerable de vulneración a derechos y garantías constitucionales, argumentando que tal punto no debe ser tomado como prejuzgamiento en contra del imputado por no existir elementos objetivos que acrediten dicha situación. De este particular, el recurrente aduce que el Auto de Vista 06/2012 de 7 de septiembre, es contradictorio a la doctrina legal aplicable inmersa en el Auto Supremo 131 de 31 de enero de 2007. Así en este mismo tópico el recurrente advierte que la omisión de pronunciamiento por parte del Tribunal de alzada constituiría una afectación al art. 124 del CPP