Auto Supremo AS/0035/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0035/2013-RRC

Fecha: 14-Feb-2013

Así también, denunció actividad procesal defectuosa cometida por el Tribunal de Sentencia, toda vez que

Así también, denunció actividad procesal defectuosa cometida por el Tribunal de Sentencia, toda vez que al momento de la producción de la prueba, dispuso se dé lectura a las pruebas sin previamente correrlas en traslado, refiriendo el Tribunal que habrían sido judicializadas en audiencia conclusiva, lo que constituiría defecto absoluto previsto en el art. 169 inc. 3) del CPP, señalando que la disidencia de la Dra. Carolina Chamón conjuntamente el Auto de Vista recurrido, fuesen contradictorios con el Auto Supremo 131 de 31 de enero de 2007, que establece el principio de la libre valoración de la prueba que debe realizar el juez durante el juicio