Auto Supremo AS/0035/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0035/2013-RRC

Fecha: 14-Feb-2013

De ello deviene que el reclamo pretendido no se ajuste a la doctrina legal aplicable

De ello deviene que el reclamo pretendido no se ajuste a la doctrina legal aplicable del precedente invocado, al no coincidir los motivos del presunto agravio con los fundamentos del Auto Supremo citado, no existiendo la exigencia inmersa en el art. 416 del CPP, que prescribe que: "Se entenderá que existe contradicción, cuando ante una situación de hecho similar, el sentido jurídico que le asigna el Auto de Vista recurrido no coincida con el del precedente sea por haberse aplicado normas distintas o una misma norma con diverso alcance", más cuando se pretende a través de instancia casacional, la consideración de un elemento de prueba que no hizo al fondo de la decisión sobre la culpabilidad asumida por el Tribunal de Sentencia, puesto que como se señaló en el punto anterior, esa culpabilidad se funda en otros medios de prueba no inherentes de manera directa y causal con la atestación de la testigo de descargo, o la no concurrencia a juicio de la testigo L.L.F.R