Auto Supremo AS/0102/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0102/2013

Fecha: 09-Abr-2013

En cuanto a ésta denuncia, sostiene que el Tribunal de Alzada no se pronunció sobre

En cuanto a ésta denuncia, sostiene que el Tribunal de Alzada no se pronunció sobre los aspectos señalados, tampoco advirtió el defecto de Sentencia, que el imputado no se encuentra debidamente identificado, por lo que considera violados o erróneamente aplicados los artículos 407, 370 incisos 2) y 3), 172, 173, 267, 284, 285, 297, 13, 167 y 169 del Código de Procedimiento Penal relacionados con los artículos 11, 12, 13, 20, 27, 28, 40, 270 y 208 Bis del Código Penal, a cuya consecuencia -dice- debe disponerse la nulidad el proceso con reposición de obrados hasta el vicio más antiguo y ordenarse nuevo juicio oral por otro Tribunal