Auto Supremo AS/0195/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0195/2013

Fecha: 17-Abr-2013

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,


POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el artículo 42 numeral 1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación de los arts. 272 num. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, declara INFUNDADO los recursos de casación en la forma y en el fondo, contenidos en los memoriales de fs. 1178 a 1183 y de fs. 1217 a 1225 vlta., respectivamente, presentado por Medardo Bismark Salvatierra Cuellar en su calidad de representante legal del Banco Económico S.A.Sin costas por no existir contestación al recurso