Auto Supremo AS/0170/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0170/2013-RRC

Fecha: 19-Jun-2013

Finalmente en el numeral “10

Finalmente en el numeral “10. Subsunción concreta”, se concluye que: “Por lo expuesto al haberse acreditado acciones típicas atribuibles a la acusada y acusado (…), cuyas conductas fueron dolosas y contraria al orden jurídico y al Derecho, teniendo lugar la culpabilidad y el consiguiente reproche, en consecuencia el hecho se subsumió por el Tribunal en pleno, de la forma siguiente: para Carolina Felicidad Vásquez Ramírez, en los delitos de Falsedad Material y Uso de Instrumento Falsificado…, En cambio para Luís Valerio Bravo Zapata, en los delitos de Falsedad Material y Uso de Instrumento Falsificado, previsto y sancionado por el art. 198, éste último con relación al segundo párrafo del art. 199 y art. 203 del Código Penal” (sic)