Auto Supremo AS/0548/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0548/2014

Fecha: 13-Oct-2014

En la línea jurisprudencial emitida por la Sentencia Constitucional Nº 0101 de 14 de septiembre

En la línea jurisprudencial emitida por la Sentencia Constitucional Nº 0101 de 14 de septiembre de 2004 que establece: "... el juez o tribunal del proceso, de oficio o a petición de parte, declara extinguida la acción penal, cuando la dilación del proceso más allá del plazo máximo establecido, sea atribuible al órgano judicial y/o, al Ministerio Público, bajo parámetros objetivos; no procediendo la extinción cuando la dilación del proceso sea atribuible a la conducta del imputado o procesado"