Auto Supremo AS/0470/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0470/2014

Fecha: 08-Dic-2014

Por lo referido, concluimos en éste punto que el Tribunal de Alzada aplicó adecuadamente los

Por lo referido, concluimos en éste punto que el Tribunal de Alzada aplicó adecuadamente los principios que rigen las nulidades procesales, advirtiendo que existió un pronunciamiento expreso sobre éste reclamo y así se tiene de los puntos 3 y 4 del considerando segundo, cuando dicho Tribunal refirió en el último que: “el apelante ha tenido conocimiento oportuno de cada uno de los actos emitidos por la AT, tanto en el inicio de la fiscalización más su requerimiento de documentación, la Vista de Cargo y la Resolución Determinativa…(), verificándose el cumplimiento de los requisitos establecidos en los arts. 83, 84, 85 y 91 de la Ley Nº 2492, cumpliendo de esta manera con su finalidad que es el de dar a conocer al apelante el actuar de la AT y él pueda asumir defensa…” (sic.); razonamientos que inviabilizan lo pedido por la parte recurrente respecto a una probable nulidad de la Resolución Determinativa, por cuanto no existe fundamento válido para ello, al no evidenciarse vulneración del art. 33 de la LPA por el Tribunal de apelación