Auto Supremo AS/0470/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0470/2014

Fecha: 08-Dic-2014

Por otra lado, cuando la parte recurrente cuestiona la participación como testigos de actuación de

Por otra lado, cuando la parte recurrente cuestiona la participación como testigos de actuación de los servidores públicos dependientes del Servicio de Impuestos Nacionales, lo hace sin fundamento legal alguno, sólo bajo la interpretación de que la doctrina establece como características de los testigos, la imparcialidad y la debida identificación, empero, no sustenta su hipótesis en ninguna disposición de carácter normativo; debe considerarse que, conforme señaló el Tribunal de apelación en el fallo recurrido, no se encuentra prohibida su intervención como testigos en las actuaciones que la Administración Tributaria realice, al contrario, todas las actuaciones de la Administración Pública se presumen legítimas, salvo expresa declaración judicial en contrario, conforme lo señalado por el art. 4.g) de la LPA, más cuando es obligación de la Administración Pública someter sus actos a la ley, asegurando a los administrados el debido proceso, por lo tanto no puede entenderse como un vicio la participación de los servidores públicos en las actuaciones que les tocó intervenir, peor si no existe sustento legal al respecto, por lo que no se advierte vulneración a la seguridad jurídica y el derecho a la defensa, como erróneamente comprende la empresa recurrente