Auto Supremo AS/0475/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0475/2014

Fecha: 10-Dic-2014

6)En este punto referido a la aplicación errada del art

6)En este punto referido a la aplicación errada del art. 48.II de la CPE; dice que, los trabajadores tienen estabilidad laboral, pero que está limitada para un sector especial de trabajadores, como son los gerentes, personal de alta confianza que por determinación del art. 327 del Ccom, son de libre nombramiento y remoción, y para el sector público con los tres niveles jerárquicos