Sobre este tema cita la SC No 0797/2005 de 18 de julio, señalando que, el
2)Por el acápite “inaplicación errada del art. 327 del Código de Comercio”, manifiesta que, la facultad para “inaplicar Leyes” (sic.), es potestad del Tribunal Constitucional, conforme el art. 12.2 de la Ley No 027 como efecto de la declaratoria de inconstitucionalidad de alguna norma jurídica, atribución que no es ampliada a los tribunales ordinarios. Afirma que, los de instancia estaban obligados a aplicar el art. 327 del Ccom, que es una norma que genera discriminación positiva por la naturaleza de este tipo de personal de alta confianza, que por sus características no pueden ser objeto de estabilidad laboral.
Sobre este tema cita la SC No 0797/2005 de 18 de julio, señalando que, el de Alzada, contrario al criterio vertido en dicha resolución, en forma discrecional sin mayor fundamento se alejó del mismo
Sobre este tema cita la SC No 0797/2005 de 18 de julio, señalando que, el de Alzada, contrario al criterio vertido en dicha resolución, en forma discrecional sin mayor fundamento se alejó del mismo
- CONSIDERANDO I
- Finalizado el proceso laboral, el Juez de Partido Quinto de Trabajo y Seguridad Social de
- En conocimiento de la Sentencia, la entidad demandada BBVA Previsión S
- De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivos del mismo, los siguientes
- Transcribiendo extractos de la Sentencia y del Auto de Vista, enfatiza que el art
- Finaliza señalando que, el art
- Sobre este tema cita la SC No 0797/2005 de 18 de julio, señalando que, el
- Indica que, la Ley General del Trabajo y el DS No 28699 son disposiciones aplicables
- Sobre este motivo, transcribiendo parte de la Sentencia y Auto de Vista, y citando el
- Haciendo referencia a las conclusiones de la Sentencia, el Auto de enmienda y complementación y
- 6)En este punto referido a la aplicación errada del art
- Que, esta discriminación positiva resulta ser por demás razonable y coherente para un sector
- 7)Finalmente respecto a la causal de casación prevista por el art
- Pide a este Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista recurrido y deliberando
- CONSIDERANDO II
- Referente a la jerarquía normativa, del art
- Sobre la estabilidad laboral, el art
- En este motivo se acusa la interpretación errónea del art
- Por el memorando (fs
- Ahora bien, lo enfatizado por el demandado, que no se señaló en sentido estricto como
- En este acápite el demandado precisa que cumpliendo con el Decreto Supremo de 23 de
- Sobre el particular, el art
- Finalmente respecto a la causal de casación prevista por el art
- Sobre la documental de fs
- En mérito a los fundamentos expuestos, corresponde resolver el recurso extraordinario de casación según lo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
