Auto Supremo AS/0475/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0475/2014

Fecha: 10-Dic-2014

Que, esta discriminación positiva resulta ser por demás razonable y coherente para un sector

Que, esta discriminación positiva resulta ser por demás razonable y coherente para un sector de trabajadores que por sus características no pueden exigir un régimen de estabilidad laboral, no bastando la cita literal del art. 48.II de la CPE, sin tomar en cuenta lo dispuesto por el art. 327 del Ccom, que al disponer una discriminación positiva, no contraria la Constitución