Auto Supremo AS/0475/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0475/2014

Fecha: 10-Dic-2014

Sobre este motivo, transcribiendo parte de la Sentencia y Auto de Vista, y citando el

4)Denuncia que, los de instancia incurrieron en interpretación errónea del art. 16 de la LGT, porque consideraron que dicha norma no establece como causal de retiro “la pérdida de confianza”.
Sobre este motivo, transcribiendo parte de la Sentencia y Auto de Vista, y citando el art. 9.g) del DR-LGT y el texto del memorando de despido; destaca que, de ningún modo la AFP señaló en sentido estricto como causal de despido la Ley General del Trabajo a la pérdida de confianza, sino que la pérdida de confianza es base de la aplicación del art. 327 del Ccom; al respecto recalca que, el abuso de confianza genera inevitablemente también una pérdida de confianza y el hecho de que, en el Decreto Reglamentario a la Ley General del Trabajo, no este expresada de manera literal la pérdida de confianza, es implícito que, se trata de la aplicación del art. 9.g) del DR-LGT