CONSIDERANDO I
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
AUTO SUPREMO No 475
Sucre, 10 de diciembre de 2014
Expediente: 262/2012-S
Demandante: Leonardo Navia Quiroga
Demandada: BBVA Previsión AFP S.A.
Distrito: Santa Cruz
Magistrado Relator: Dr. Pastor Segundo Mamani Villca
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Gonzalo Paulino Crespo Carazas en representación del BBVA Previsión AFP S.A. de fs. 614 a 622, contra el Auto de Vista No 473 de 2 de diciembre de 2011 (fs. 609 a 611 vta.), pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; dentro de la demanda de reincorporación seguida por Leonardo Navia Quiroga contra la entidad recurrente; la respuesta de fs. 624 a 625 vta.; el Auto interlocutorio No 130 (fs. 626) que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1.1Demanda y responde
Leonardo Navia Quiroga, por memorial de fs. 30 a 40, impetra reincorporación, acción que dirige contra Idelfonso Núñez López, Gerente General de del BBVA Previsión AFP S.A.; entidad que al ser citada a través de su personero legal oponiendo excepciones previas respondió la demanda en forma negativa conforme consta en el memorial de fs. 115 a 122
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
AUTO SUPREMO No 475
Sucre, 10 de diciembre de 2014
Expediente: 262/2012-S
Demandante: Leonardo Navia Quiroga
Demandada: BBVA Previsión AFP S.A.
Distrito: Santa Cruz
Magistrado Relator: Dr. Pastor Segundo Mamani Villca
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Gonzalo Paulino Crespo Carazas en representación del BBVA Previsión AFP S.A. de fs. 614 a 622, contra el Auto de Vista No 473 de 2 de diciembre de 2011 (fs. 609 a 611 vta.), pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; dentro de la demanda de reincorporación seguida por Leonardo Navia Quiroga contra la entidad recurrente; la respuesta de fs. 624 a 625 vta.; el Auto interlocutorio No 130 (fs. 626) que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1.1Demanda y responde
Leonardo Navia Quiroga, por memorial de fs. 30 a 40, impetra reincorporación, acción que dirige contra Idelfonso Núñez López, Gerente General de del BBVA Previsión AFP S.A.; entidad que al ser citada a través de su personero legal oponiendo excepciones previas respondió la demanda en forma negativa conforme consta en el memorial de fs. 115 a 122
- CONSIDERANDO I
- Finalizado el proceso laboral, el Juez de Partido Quinto de Trabajo y Seguridad Social de
- En conocimiento de la Sentencia, la entidad demandada BBVA Previsión S
- De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivos del mismo, los siguientes
- Transcribiendo extractos de la Sentencia y del Auto de Vista, enfatiza que el art
- Finaliza señalando que, el art
- Sobre este tema cita la SC No 0797/2005 de 18 de julio, señalando que, el
- Indica que, la Ley General del Trabajo y el DS No 28699 son disposiciones aplicables
- Sobre este motivo, transcribiendo parte de la Sentencia y Auto de Vista, y citando el
- Haciendo referencia a las conclusiones de la Sentencia, el Auto de enmienda y complementación y
- 6)En este punto referido a la aplicación errada del art
- Que, esta discriminación positiva resulta ser por demás razonable y coherente para un sector
- 7)Finalmente respecto a la causal de casación prevista por el art
- Pide a este Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista recurrido y deliberando
- CONSIDERANDO II
- Referente a la jerarquía normativa, del art
- Sobre la estabilidad laboral, el art
- En este motivo se acusa la interpretación errónea del art
- Por el memorando (fs
- Ahora bien, lo enfatizado por el demandado, que no se señaló en sentido estricto como
- En este acápite el demandado precisa que cumpliendo con el Decreto Supremo de 23 de
- Sobre el particular, el art
- Finalmente respecto a la causal de casación prevista por el art
- Sobre la documental de fs
- En mérito a los fundamentos expuestos, corresponde resolver el recurso extraordinario de casación según lo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
