De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivos del mismo, los siguientes
1.4 Auto Supremo y Sentencia Constitucional
La empresa demandada BBVA Previsión AFP S.A., impugnando el Auto de Vista interpuso recurso de casación, que fue resuelto mediante el Auto Supremo No 493 de 29 de noviembre de 2012, mismo que fue dejado sin efecto por la Sentencia Constitucional (SC) No 1893/2013 de 29 de octubre, que dispuso que esta Sala Social y Administrativa, emitan un nuevo fallo, de acuerdo a los fundamentos de la citada Sentencia Constitucional.
1.5Motivos del recurso de casación
De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivos del mismo, los siguientes:
1)En el acápite “VIOLACIÓN, INTERPRETACIÓN ERRÓNEA Y APLICACIÓN INDEBIDA DE LA LEY (Art. 253.1 C.P.C.)”(sic.), primero denuncia la aplicación errada del DS No 28699 por encima del Código de Comercio, contrariando la jerarquía normativa dispuesta por el art. 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); a este efecto señala que, tanto el A quo como el Ad quem, aplicaron el DS No 28699 sobre el Código de Comercio que tiene rango de Ley
La empresa demandada BBVA Previsión AFP S.A., impugnando el Auto de Vista interpuso recurso de casación, que fue resuelto mediante el Auto Supremo No 493 de 29 de noviembre de 2012, mismo que fue dejado sin efecto por la Sentencia Constitucional (SC) No 1893/2013 de 29 de octubre, que dispuso que esta Sala Social y Administrativa, emitan un nuevo fallo, de acuerdo a los fundamentos de la citada Sentencia Constitucional.
1.5Motivos del recurso de casación
De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivos del mismo, los siguientes:
1)En el acápite “VIOLACIÓN, INTERPRETACIÓN ERRÓNEA Y APLICACIÓN INDEBIDA DE LA LEY (Art. 253.1 C.P.C.)”(sic.), primero denuncia la aplicación errada del DS No 28699 por encima del Código de Comercio, contrariando la jerarquía normativa dispuesta por el art. 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); a este efecto señala que, tanto el A quo como el Ad quem, aplicaron el DS No 28699 sobre el Código de Comercio que tiene rango de Ley
- CONSIDERANDO I
- Finalizado el proceso laboral, el Juez de Partido Quinto de Trabajo y Seguridad Social de
- En conocimiento de la Sentencia, la entidad demandada BBVA Previsión S
- De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivos del mismo, los siguientes
- Transcribiendo extractos de la Sentencia y del Auto de Vista, enfatiza que el art
- Finaliza señalando que, el art
- Sobre este tema cita la SC No 0797/2005 de 18 de julio, señalando que, el
- Indica que, la Ley General del Trabajo y el DS No 28699 son disposiciones aplicables
- Sobre este motivo, transcribiendo parte de la Sentencia y Auto de Vista, y citando el
- Haciendo referencia a las conclusiones de la Sentencia, el Auto de enmienda y complementación y
- 6)En este punto referido a la aplicación errada del art
- Que, esta discriminación positiva resulta ser por demás razonable y coherente para un sector
- 7)Finalmente respecto a la causal de casación prevista por el art
- Pide a este Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista recurrido y deliberando
- CONSIDERANDO II
- Referente a la jerarquía normativa, del art
- Sobre la estabilidad laboral, el art
- En este motivo se acusa la interpretación errónea del art
- Por el memorando (fs
- Ahora bien, lo enfatizado por el demandado, que no se señaló en sentido estricto como
- En este acápite el demandado precisa que cumpliendo con el Decreto Supremo de 23 de
- Sobre el particular, el art
- Finalmente respecto a la causal de casación prevista por el art
- Sobre la documental de fs
- En mérito a los fundamentos expuestos, corresponde resolver el recurso extraordinario de casación según lo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
