Auto Supremo AS/0475/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0475/2014

Fecha: 10-Dic-2014

Indica que, la Ley General del Trabajo y el DS No 28699 son disposiciones aplicables

3)En este tópico se acusa la aplicación indebida del DS No 28699, reiterando que, los de instancia aplicaron en autos dicha norma sobre el Código de Comercio que es una norma especial de aplicación preferente.
Indica que, la Ley General del Trabajo y el DS No 28699 son disposiciones aplicables a la generalidad de los trabajadores, sin embargo existen normas especiales, como la Ley No 975 que sólo se aplica a las mujeres en estado de maternidad o la Ley No 2450 para el trabajo doméstico, etc.; normas que son aplicables, pero no a la generalidad de los trabajadores, sino a un grupo especial de trabajadores. Señala que, si bien, la Ley General del Trabajo y el Decreto Supremo No 28699 se aplica a la generalidad de los trabajadores, el art. 327 del Ccom, es una norma que atañe en específico a los trabajadores como son los Gerentes, en consecuencia en autos se aplicó de manera errada el DS No 28699 pues debió aplicarse el art. 327 del Ccom