Auto Supremo AS/0111/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0111/2014-RRC

Fecha: 11-Abr-2014

El Auto Supremo 431 de 11 de octubre de 2006, señalo como doctrina legal aplicable:


El precedente invocado fue pronunciado dentro de proceso símil al presente proceso, ya que el Auto de Vista fue dejado sin efecto, al no haberse advertido que el juez a quo incurrió en errónea aplicación de la ley sustantiva, aspecto que en el caso de autos, es denunciado en el inc. 2) del acápite I.1.1. de la presente resolución, siendo resaltada con negrillas la parte pertinente para el presente proceso.

El Auto Supremo 431 de 11 de octubre de 2006, señalo como doctrina legal aplicable: “que la calificación del hecho a un tipo penal determinado es en razón a describir primeramente el hecho para luego comparar las características de la conducta ilícita con los elementos constitutivos del delito; es necesario tomar en cuenta que la conducta general descrita por el tipo penal se encuentra en la norma, mientras que la conducta particular se identifica por la descripción de sus peculiaridades, si estas se subsumen a todos los elementos constitutivos de un tipo penal, recién podrá calificarse el hecho como delito incurso en tal normativa; en caso de que falte la adecuación de un elemento constitutivo del tipo penal, el hecho no constituye delito o en su caso se adecua a tentativa u otra figura delictiva”